"La indemnización por acoso moral debe buscar un fin disuasorio"

Cristóbal Molina Navarrete

Catedrático de Derecho del Trabajo

Universidad de Jaén.

Fuente: Diario Médico Marzo-04

"El resarcimiento del perjuicio o de la lesión ocasionada a la víctima como consecuencia del acoso moral en el trabajo debe poseer no sólo un fin reparador, sino también ejemplarizante", ha señalado Cristóbal Molina Navarrete, catedrático de Derecho del Trabajo. El argumento apuntado por el jurista es que con ello se evitaría que la Administración, un hospital o una empresa pudieran volver a hostigar nuevamente a una persona.

"Las indemnizaciones concedidas por los tribunales de justicia con ocasión del daño moral no sólo deben perseguir la reparación del daño o perjuicio ocasionado a la víctima, sino que deben tener un fin disuasorio", ha declarado Cristóbal Molina Navarrete, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Jaén.

El jurista, que ha participado en una Jornada sobre el acoso moral en el trabajo, organizado por la editorial Bormarzo en colaboración con el Hospital de la Fraternidad, en Madrid, ha explicado que "imponiendo indemnizaciones que sean ejemplarizantes se conseguiría que un hospital vuelva a hostigar a otras personas". Es más, esta doctrina "está recogida en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, pues todas las directivas que recogen el concepto de acoso señalan que las indemnizaciones deben perseguir un fin disuasorio". Sin embargo, "en nuestro país esta concepción no se aplica por los jueces porque la imagen tradicional de la indemnización es puramente reparadora", ha puntualizado.

Molina Navarrete ha explicado que "la efectiva tutela judicial en supuestos de mobbing va más allá del ámbito social para acudir al orden civil. La razón es que los tribunales sociales fijan unas indemnizaciones muy bajas para reparar el daño ocasionado a la víctima. En cambio, los jueces civiles son más sensibles a la hora de resarcir el perjuicio causado a una persona, por lo que las cuantías indemnizatorias suelen ser más elevadas". El jurista ha manifestado que, entre otros medios, a la vía civil se puede ir a través de una demanda por responsabilidad extracontractual.

Criterios del juez

Respecto a los criterios judiciales para fijar la indemnización, Molina Navarrete ha explicado que son tres los que se emplean. El primero es el que aplica de modo analógico el baremo de daños derivado de accidentes de tráfico. El segundo es el que fija la cuantía en función de si la infracción cometida es grave o muy grave y un tercer criterio es el prudente arbitrio de los jueces. En este sentido, el experto ha puntualizado que la indemnización media está en 12.000 euros, pero hay muchos casos en que suele llegar a 30.000.

Nicolás Maurandi, magistrado del Supremo.

Por su parte, Nicolás Maurandi, magistrado del Tribunal Supremo, ha señalado que "el problema del acoso moral en la jurisdicción contenciosa-administrativa está en constatar, acotar y probar las situaciones del acoso".

El magistrado ha resaltado la importancia creciente de este problema en los últimos años, pues no en vano "el perjuicio ocasionado a la persona es muy grave porque afecta a sus derechos fundamentales".